Es legal el acople de accesorios en nuestros vehículos para llevar cosas?? Cuales son los límites que indica la ley de tránsito?? La pregunta se nos presenta una y otra vez cuando nos movemos con nuestros accesorios portaequipajes, o portabicicletas, o cuando queremos transportar una moto o un kayak hacia la playa. Estaremos cumpliendo con la ley?? estaremos dentro de los marcos legales que proporcionan las normas?? O corremos altos riesgos de recibir multas por policías, inspectores de tránsito y demás oficiales?? Entonces encontramos más ejemplos en Argentina de como el uso y las costumbres de las personas están forzando a que se debata y se reglamente de manera precisa cuáles son las especificaciones y características de los accesorios, reformas y manera de transportar que los usuarios ciudadanos deben tener como derechos a hacerlo….
Aquí van algunos ejemplos….
En este primer ejemplo nos encontramos con una empresa de transporte público de pasajeros en la ciudad de Rosario que se adhiere a la onda de brindar un servicio extra para que los usuarios combinen transporte con salud… ya que andar en bicicleta es obtener salud y calidad de vida.
http://notife.com/505392-debutaran-los-portabicicletas-en-la-linea-de-la-costa/
En este segundo ejemplo encontramos un portal de comercio electrónico ofreciendo toda clase de accesorios portabicicletas.
https://listado.mercadolibre.com.ar/portabicicletas-auto#D[A:portabicicletas%20auto]
Entonces, por supuestas suposiciones e interpretaciones de la Ley 24449 en su articulo 48 incisos q) e y) Todo estos portabicicletas son ILEGALES, PROHIBIDOS??
En Motus Trailer creemos que existe una laguna legal, jurídica, un agujero negro en la Ley la cual debe ser reformada y aclarada…
Muy pronto seguiremos exponiendo más temas como estos que hemos tratado hoy…
Te invitamos a seguir leyendo nuestro Motus Blog con todos sus temas ofrecidos…